La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) es una dependencia del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos.
Esta oficina, emite un registro de personas vinculadas con delitos precedentes de lavado de activos, terrorismo, proliferación de armas y su financiación, o cualquier otra amenaza que atente contra la seguridad de los Estados Unidos. Esta lista se conoce como Lista OFAC o Lista Clinton.
Actualmente cuenta con 86 programas de sanciones los cuales se encuentran principalmente en sus listados “Specially Designated Nationals List (SDN LIST)” y “(Non-SDN Lists)” donde se consolidan más de 30 listados diferentes de acuerdo con el país y/o al tipo de delito por el cual se ingresa la persona a la lista.
Sin embargo, la OFAC cuenta con 9 listados de sanciones adicionales donde se destacan entre otras “List of Foreign Financial Institutions Subject to Correspondent Account or Payable-Through Account Sanctions (Lista CAPTA)” y la lista de evasores de sanciones extranjeras. Ver más
Lo invitamos ir a nuestro artículo: Lista Clinton o Lista OFAC: Inclusión de una sociedad
Las sanciones se basan en el bloqueo de activos y restricciones comerciales por las cuales las personas incluidas en la lista no pueden participar en ninguna transacción o vinculo comercial con ningún estadounidense.
Esto puede variar de acuerdo al programa de la sanción cometida. Sin embargo, la OFAC puede emitir bajo situaciones y condiciones específicas licencias o excepciones de acuerdo al código 31 C.F.R. 501.801. Ver más
La OFAC contiene la información de apodos o alias, números de documento y domicilios de los involucrados con el fin de dar detalle a la consulta la cual debe ser realizada por los oficiales de Cumplimiento de las distintas entidades obligadas.
Posibles riesgos
Cabe aclarar que la Lista OFAC no es una lista vinculante para Colombia. Esto significa que no existe obligación de su consulta tampoco de su aplicación y no podría emitirse restricción o sanción de ninguna clase en Colombia.
Esto no implica desconocer la importancia de la Lista y el reconocido “efecto reflejo” que tiene esta lista en Colombia y que advierte la existencia de riesgos (legal, operativo, contagio, etc.) por relacionamiento con terceros en la Lista OFAC. Principalmente, la posibilidad de ser incluidos en el listado, o el verse afectados reputacional mente por ese vínculo o relación.
El hallazgo en OFAC, en este contexto, representaría una señal de alerta sobre dichas irregularidades, y habría que establecer en cada caso según el tipo de negocio o relacionamiento ¿cómo impacta a la persona natural o jurídica que pretende el vínculo? Evidenciando los riesgos y controles a aplicar
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De acuerdo a esto dependerá de la política de gestión de riesgos de cada empresa, valorar si representa algún riesgo, y de igual forma generar un monitoreo continuo, establecer señales de alerta asociadas al tipo de hallazgo, exigir información adicional que posibilite sustentar un proceso de debida diligencia intensificada del tercero para así poder controlar los factores que puedan generar un riesgo a la empresa.
Cuando una persona fue eliminada de la lista, quiere decir que ninguna de las situaciones -aquí relacionadas- se encuentran vigentes. Quiere decir, que ya no existe esa asociación, señalamiento o restricción (de ninguna clase) y que, en principio, lo que motivó el registro ya cesó.
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