¿Su empresa cumple con los requisitos mínimos para el cumplimiento de una política de DDHH y DIH? La mayoría de las empresas desconocen el compromiso que deben asumir frente al respeto, protección y cumplimiento de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y las libertades fundamentales.
No es suficiente el cumplimiento básico de las garantías constitucionales y se exige que las empresas asuman un rol activo de manera que en su interior se incorporen las medidas apropiadas para prevenir, detectar, investigar, castigar y reparar cualquier transgresión a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
Ello supone la implementación de una política de derechos humanos junto con los procesos y procedimientos pertinentes que permitan su cumplimiento, y así contemplar los riesgos vinculados a dicha materia buscando mitigar la probabilidad de ocurrencia y el impacto que una eventual vulneración pueda generar.
Para que sirva de guía a las empresas, a continuación algunas de las principales recomendaciones o aspectos a tener en cuenta y una encuesta que le permitirá de forma rápida conocer ¿dónde se encuentra de cara al cumplimiento de estos lineamientos?
1. Conocer los acuerdos y regulación pertinente de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario
Los derechos humanos trascienden a todos los procesos y actividades de las empresas. De ahí la importancia de garantizar su cabal conocimiento y aprehensión y validar su estricto cumplimiento.
Para que ello sea posible se sugiere:
- Designar un responsable del monitoreo y seguimiento de las normas que se emitan sobre el particular;
- Realizar seguimiento a las guías, recomendaciones o principios que se estructuren sobre el particular y que sirven de apoyo a las empresas para la efectiva implementación de una política para lña salvaguarda de los DDHH y DIH;
- Asegurar que se haga la correspondiente validación del estricto cumplimiento en la empresa de cada contenido;
- Valorar, de manera permanente, el impacto que sus actividades tienen en los derechos humanos;
- En las políticas o procedimientos que se implementen consagrar una cláusula abierta que posibilite la inclusión automática de nuevas disposiciones sobre el particular.
- Adherirse a iniciativas gubernamentales sobre el particular, de forma que se consolide la participación activa en la promoción de los DDHH y DIH pero además que sirva de complemento y acompañamiento para su efectiva implementación.
2. Se debe asumir un rol activo en la promoción y fomento de los derechos humanos y se deben implementar medidas apropiadas que garanticen el respeto, implementación efectiva y gestión de riesgos asociados.
Se deben adoptar las medidas apropiadas que garanticen el respeto y promoción activa de los derechos humanos en su ámbito de operación y mercado, así como aquellas que se orienten a prevenir, investigar, castigar y reparar cualquier abuso que se presente frente a los mismos.
Ello supone:
- Como mínimo, el diseño e implementación de una política con lineamientos básicos asociados a la garantía de los derechos humanos (p.e. en materia de empleo, enfoque diferencial, protección a la igualdad, prohibición de discriminación, entre otros).
- Trasciende hacia la implementación de mecanismos efectivos para garantizar la política y su cumplimiento;
- Se deben identificar los riesgos en esta materia asociadas a los procesos e implementar los controles que propendan por su mitigación;
- Se deben promover en forma activa los derechos humanos y por lo mismo los procesos no deben restringirse a impedir la violación de los derechos humanos sino que deben involucrar escenarios de promoción que supongan brindar oportunidades y garantías en esta materia;
- La promoción activa supone, además, la difusión, capacitación y el apoyo pertinente internamente y frente a los terceros relacionados para garantizar la protección de los derechos humanos.
- Se deben promover y habilitar canales de denuncia para que se reporte cualquier transgresión.
De lo que se trata, es de generar espacios de respeto a la vida y dignidad humana de forma que la compañía se convierta en agente de cambio en la sociedad a partir de la promoción de los derechos en sus operaciones.
3. Enfoque basado en riesgo en materia de derechos humanos.
Con el propósito de intervenir en la fase más temprana y evitar cualquier posible transgresión a los derechos humanos, se debe acoger una cultura de enfoque de riesgo en materia de derechos humanos, implementando mecanismos adecuados para determinar, prevenir y mitigar los riesgos que entrañen sus actividades y relaciones empresariales para los derechos humanos.
De esta forma, se busca prevenir o mitigar las consecuencias negativas sobre los derechos humanos directamente relacionadas con operaciones, productos o servicios prestados por sus relaciones comerciales, incluso cuando no hayan contribuido a generarlos.
Ello supone:
- Identificar, detectar, valorar, prevenir y mitigar los riesgos asociados a los DDHH y DIH incorporando matrices que fortalezcan un enfoque basado en riesgos adelantando las barreras de protección.
- No es necesario que se constituya como un modelo independiente y puede integrarse con otros sistemas de gestión de riesgos.
- Se deben adoptar medidas de medidas de prevención o mitigación frente a riesgos o impactos potenciales en materia de derechos humanos y medidas de remediación frente a los impactos reales que se ocasiones
- Alineado con lo anterior, se deben implementar medidas de conocimiento de terceros y debida dilligencia en materia de derechos humanos.
- Ello significa conocer a cabalidad las políticas de sus terceros asociados a la protección de los derechos humanos así como el impacto de sus actividades sobre los mismos validando que no se contribuya en forma alguna a esa vulneración.
- Se debe prestar especial atención a las potenciales señales de alerta frente a eventuales riesgos sobre el particular y adoptar medidas de mitigación adecuadas y proporcionales.
- Se debe negar cualquier forma de relación con terceros cuya actividad suponga una amenaza frente a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario
Estas son algunas recomendaciones, y esperamos sean de utilidad para avanzar en la implementación de un sistema de gestión de riesgos de DDHH y DIH.