Las 40 Recomendaciones del GAFI no mencionan expresamente el Riesgo de Contagio. La Recomendación 1. Evaluación de riesgos y aplicación de un enfoque basado en riesgo, indica que “Los países deben exigir a las instituciones financieras y actividades y profesiones no financieras designadas (APNFD) que identifiquen, evalúen y tomen una acción eficaz para mitigar sus riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo”, este es el último párrafo de la recomendación.
Los países, cuando legislan en este sentido, definen el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo como fenómenos delictivos que generan consecuencias negativas para la economía del país, y para las empresas de los distintos sectores que la conforman, las cuales se pueden traducir en el acaecimiento de riesgos operacionales, legales, reputacionales, de contagio y de mercado, entre otros, lo que indudablemente va a afectar el buen nombre de la empresa, la competitividad, productividad y perdurabilidad.
Este escrito se realiza en un momento donde 2.600 millones de personas están en cuarentena, connadas en sus casas por miedo a ser contagiadas con un virus que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado pandemia; en un momento en que los líderes del mundo, analistas y grandes pensadores pareciera se debaten entre salud o economía. En nuestras empresas, ¿En qué se parece esto?, ¿les suena conocido, el negocio o los controles, vender o cumplir?