A través del presente artículo, y cambiando un poco la dinámica de las publicaciones en este sentido, se quiere presentar un plan de trabajo sugerido a validar y contrastar ad-portas del vencimiento del plazo el próximo 31 de agosto de 2021 para la implementación/actualización del nuevo sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral la/ft/fpadm -en adelante sagrilaft-.
Para ello se sugiere la siguiente hoja de ruta para verificar cada uno de los elementos aplicables al nuevo sagrilaft, y respecto de cada uno de ellos se podrá complementar la información a continuación agregando algunas recomendaciones y gráficos que facilitará el análisis y revisión de los requisitos.
- Primero: defina si es usted sujeto obligado/ empresa obligada sagrilaft
para dicho propósito, iniciamos por la primera de las preguntas que nos debemos formular: ¿somos sujetos obligados? En caso de que sí, ¿cuál es el régimen que nos aplica?
2 Responses
Buenos días. Soy GABRIEL ANTONIO GÓMEZ GÓMEZ, abogado litigante y ex fiscal delegado ante tribunales de distrito judicial y exfiscal delegado ante la unidad de lavado de activos y extinción de dominio. Me interesa conocer el e book sobre SAGRILAFT
Interesado en conocer Ebook