El Juzgado de Mayor Riesgo A, a cargo de la jueza Claudette Domínguez, ligó a proceso penal a Diego Dionisio Pérez Toma, por los delitos de detención ilegal y abuso de autoridad cometidos contra el entonces menor Alejandro Santiago Rodríguez, en 2009.
Además, la juzgadora decidió concederle al ente investigador el plazo de dos meses para la finalización de la investigación, por lo que fijó el 10 u 11 de julio para el inicio de la etapa intermedia.
También, dictó medidas sustitutivas a favor del sindicado, por lo que junto al arresto domiciliario, Pérez Toma tiene la prohibición de acercarse a la víctima y a la madre de éste.
ANTECEDENTES
Según la Fiscalía de Derechos Humanos del Ministerio Público (MP), los indicios arrojados en la investigación dan cuenta que Pérez Toma detuvo a la víctima en contra de su voluntad y lo ingresó a un calabozo, ubicado en la Municipalidad de San Juan Cotzal, Quiché, por usar el pelo largo, el cual le cortaron.
Como consecuencia de lo ocurrido, el ente investigador señaló que el padre de Rodríguez, Pedro Rodríguez Toma, quien era jefe de la subestación de la Policía Nacional Civil (PNC), de la localidad fue a buscar a su hijo.
Tras discutir, el MP indicó que Rodríguez Toma, por instrucción del alcalde municipal José Pérez Chen, no sólo fue aprehendido de forma ilegal, sino también se ordenó que le rociaran gasolina, por lo que falleció por calcinamiento y politraumatismo.
CONDENA
Por este caso, la Fiscalía de Derechos Humanos, logró una sentencia de 82 años contra el exalcalde de San Juan Cotzal, y otras cinco personas más involucradas en los hechos sucedidos contra el padre del entonces menor.
La pena impuesta por el Tribunal de Mayor Riesgo B se dio por los delitos de ejecución extrajudicial, tortura, discriminación, abuso de autoridad y detención ilegal, así como de plagio o secuestro.
Además, se dictó el pago de responsabilidades civiles por Q325 mil a familiares de la víctima y al testigo .
En cuanto a otros implicados en el caso, también hubo sentencia contra ellos. Para Teresa Sánchez Sánchez, Juan Toma Pérez y Pedro Rodríguez Sambrano, dos años de privación de libertad por el delito de instigación a delinquir.
Y tres años contra Nicolás Toma Pérez y Antonio Rodríguez Medina, señalado de detención ilegal con circunstancias agravantes.
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