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Artículos / 7 enero 2021 7 enero 2021

Compromisos de las empresas con los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario

  • enero 7, 2021
  • 11:04 am
  • Artículos
Juanita María Ospina Perdomo

Juanita María Ospina Perdomo

Gerente de Compliance y Anticorrupción

¿Su empresa cumple con los requisitos de una política de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario?. La mayoría de las empresas desconocen el compromiso que deben asumir frente al respeto, protección y cumplimiento de estos.

 

No es suficiente el cumplimiento básico de las garantías constitucionales. Por ello, se exige que las empresas asuman un rol activo, de manera que en su interior se incorporen las medidas apropiadas. Sobre todo para prevenir, detectar, investigar, castigar y reparar cualquier transgresión a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.

 

Es importante contemplar dentro de esta política, los riesgos vinculados a dicha materia, buscando mitigar la probabilidad de vulnerar dicho derecho. A continuación, damos unas recomendaciones y aspectos a tener en cuenta para el cumplimiento de esta política:

1. Conocer los acuerdos y regulación pertinente de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario

 

Los derechos humanos trascienden a todos los procesos y actividades de las empresas. De ahí la importancia de garantizar su conocimiento, aprehensión y validar su estricto cumplimiento.

 

Para que ello sea posible se sugiere:

  • Designar un responsable del monitoreo y seguimiento de las normas que se emitan sobre el particular.
  • Realizar seguimiento a las guías, recomendaciones o principios que se estructuren sobre el particular y que sirven de apoyo a las empresas para la efectiva implementación de una política.
  • Asegurar que se haga la validación del estricto cumplimiento en la empresa de cada contenido.
  • Valorar el impacto que sus actividades tienen en los DDHH.
  • En las políticas o procedimientos que se implementen, consagrar una cláusula abierta que posibilite la inclusión automática de nuevas disposiciones sobre el particular.
  • Adherirse a iniciativas gubernamentales sobre el particular para la participación activa en la promoción de los DDHH y DIH. Además que sirva de complemento y acompañamiento para su efectiva implementación.

2. Se debe asumir un rol activo en su promoción y fomento.

 

Se deben adoptar las medidas que garanticen el respeto de los derechos humanos en su ámbito de operación y mercado. También en aquellas que se orienten a prevenir, investigar, castigar y reparar cualquier abuso que se presente frente a los mismos. Ello supone:

  • Diseñar e implementar una política con lineamientos básicos asociados a la garantía de los DDHH.
  • Implementar mecanismos efectivos para garantizar la política y su cumplimiento.
  • Identificar los riesgos asociadas a los procesos e implementar los controles para su mitigación.
  • Promover e involucrar escenarios de promoción que brinden oportunidades y garantías en esta materia.
  • Garantizar la protección de los derechos humanos.
  • Habilitar canales de denuncia para que se reporte cualquier transgresión.

En pocas palabras, se deben generar espacios de respeto a la vida y dignidad humana. Así, la compañía se convertirá en agente de cambio en la sociedad, a partir de la promoción de los derechos en sus operaciones.

3. Enfoque basado en riesgo en materia de derechos humanos.

 

 

Se debe acoger una cultura de enfoque de riesgo en materia de derechos humanos, implementando mecanismos adecuados para determinar, prevenir y mitigar los riesgos. Ello supone:

  • Identificar, prevenir y mitigar los riesgos asociados a los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, incorporando matrices que fortalezcan un enfoque basado en riesgos.
  • Implementar medidas de conocimiento de terceros y debida dilligencia en materia de derechos humanos.
  • Conocer políticas e impacto de actvidades de sus terceros asociados a la protección de los derechos humanos, validando que no se contribuya a esa vulneración.
  • Prestar atención a las potenciales señales de alerta frente a eventuales riesgos sobre el particular y adoptar medidas de mitigación.
  • Negar cualquier relación con terceros, cuya actividad suponga una amenaza frente a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.

Estas son algunas recomendaciones para avanzar en la implementación de un sistema de gestión de riesgos de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

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