El concepto de “Listas Restrictivas” hace referencia a las bases de datos nacionales e internacionales que contienen información, reportes y antecedentes de diferentes organismos, tratándose de personas naturales y jurídicas y que impiden el relacionamientos, transacciones u operaciones específicas.
Dentro de esta categoría encontramos restricciones de tipo ‘general’, como es el caso de la Lista del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esta lista es vinculante a los estados que conforman las Naciones Unidas y obliga a rechazar cualquier forma de relación/operación frente a terceros. Así mismo, puede tratarse de restricciones de tipo ‘particular’ aterrizadas a una situación, operación o actividad en concreto.
¿Inhabilidad, incompatibilidad o de impedimento?
Las listas adoptan la forma de causales de inhabilidad, incompatibilidad o de impedimento, y en el contexto en que se desenvuelven, resultan de obligatoria consulta debiendo rechazar cualquier relacionamiento que suponga transgresión o vulneración a las mismas.
Estas listas o causales son cada vez más comunes en los ordenamientos jurídicos. Constantemente, surgen nuevas causales que ya no se enmarcan de forma exclusiva en el sector público, y como tal, cobijan todo tipo de actuación aún en contextos privados; ello obliga a su actualización y verificación, tomando las precauciones del caso de forma que no se permita o autorice relación / operación o transacción prohibida.
A continuación, se presentan algunos ejemplos que permitirán identificar con mayor claridad esta clase de restricciones:
La más común, y que suele darse en todos los sistemas o modelos jurídicos, son inhabilidades o incompatibilidades asociadas al ejercicio del empleo o cargo público, o para contratar con el Estado. En muchas ocasiones, ello se genera como consecuencia de una sanción penal o por existir circunstancias especiales, calidades o cualidades del ser humano que le imposibilitan este tipo de relacionamiento.
Situación actual en Colombia.
En Colombia, por ejemplo, este tipo de inhabilidad se concibe como una pena accesoria que va atada a la pena de prisión en las condenas penales. Se expidió la Ley 1918 del 12 de Julio de 2018 conforme a la cual se dispuso una causal de inhabilidad para quienes hayan sido condenados por delitos sexuales cometidos contra menores y se crea el Registro de Inhabilidades[1], inhabilidad que opera de forma específica para desempeñar cargos, oficios o profesiones en los ámbitos: educativo, recreativo de cuidado, protección, asistencia, salud, nutrición, bienestar, cultural, religioso, seguridad. que involucren una relación directa y habitual con menores de edad (Decreto 753 de 2019).
Finalmente, es importante identificar todos los escenarios de las listas de acuerdo a la regulación o normatividad aplicable, así como el sector en que se desenvuelve, pues claramente estas causales se constituyen en un impedimento legal para generar vínculo / relacionamiento / operación o transacción alguna.
[1] De conformidad con la regulación esta información se integrará con los antecedentes penales en donde se podrá obtener un certificado especial de inhabilidades impuestas por delitos sexuales cometidos contra menores de edad. Esta información de acuerdo al contenido de la Ley es de carácter reservado con lo que (i) Podrá solicitarse por las entidades públicas o privadas obligadas previa y expresamente autorizadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (habría que adelantar este trámite); o
(2) Dado que no se podrá visualizar en la consulta normal de antecedentes podrá también requerirse al tercero de forma directa. Esta información se consulta en el siguiente link:
https://inhabilidades.policia.gov.co:8080/consulta