Son el conjunto de activos digitales, nuevos bienes y servicios basados en la criptografía y la blockchain para su funcionamiento. Representan valores de los cuales se espera obtener un beneficio económico a corto, mediano o largo plazo. Los hay de muchos tipos, siendo los más comunes las criptomonedas y los tokens. Por parte del GAFI en el año 2015, fue definida como una moneda virtual convertible descentralizada, que se basa en la matemática de la criptografía, y ante la cual le es aplicable los principios que rigen esta materia, para de esta forma poder obtener una distribución de la economía, que sea descentralizada y que las transacciones sean seguras.
- Activos digitales: Son aquellos que existen sólo de forma binaria y que da ciertos derechos a su poseedor.
- Criptografía: Ámbito de la criptología que se ocupa de las técnicas de cifrado o codificado destinadas a alterar las representaciones lingüísticas de ciertos mensajes con el fin de hacerlos ininteligibles a receptores no autorizados.
- Blokchain o Tecnología de la Cadena de Bloques: Es aquella tecnología que involucra la secuenciación de bloques que almacenan información dentro de una red, y que deben y son verificados por los usuarios de la misma desde su creación hasta el final.
- Criptomoneda: Son unidades de valor por medio de las cuales se pueden realizar pagos o cualquier operación comercial.
- Tokens: Son fichas criptográficas que representan una unidad de valor que pueden adquirirse a través de la misma con el fin de usarse luego para obtener bienes y servicios.
Se suele confundir el termino Criptomoneda con el de Criptoactivo, sin embargo, no es lo correcto. El Criptoactivo es un concepto amplio y general en el cual registran 7 tipos de Criptoactivos, entre estos la Criptomoneda.
Lo invitamos ir a nuestro artículo: El universo en el que vivimos ¿cómo lo interpretamos?
Los Criptoactivos, hacen parte de la hoy llamada “Economía Digital”, la cual es una nueva área del comercio que se encuentra en pleno desarrollo y expansión. Se refiere a todo el comercio electrónico o digital realizado a través de Internet y las últimas Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) con el fin de realizar y obtener nuevos y mejores productos, bienes y servicios mediante unos pocos clics.
Fuente: https://blog.desdelinux.net/criptoactivos-criptomonedas-saber-antes-usar/
¿Cómo se relaciona con el Lavado de Activos?
En primera medida es importante mencionar que una de las características de las transacciones con monedas virtuales, es que en ciertos casos las operaciones pueden ser anónimas, es decir, que no se reconoce al titular del dinero o quien negocia con este tipo de moneda, y por ello, surge la preocupación de que se limita el conocimiento de la persona y así mismo, el origen del dinero que está siendo ingresado al mercado virtual.
Por esta razón, es que en una de las directrices más recientes emitas por el GAFI en relación a la prevención LA/FT mediante el uso criptomonedas, se encuentra encaminada a que la entidad que presta los servicios para operaciones con monedas digitales, se encuentre facultada para suministrar la información de los originadores y los beneficiarios de la transacción a la entidad beneficiaria o entidad intergubernamental, para así, disminuir el riesgo de estas operaciones, ya que se han identificado distintos casos en los que se logra identificar estructuras criminales que lavan dinero mediante las operaciones con criptomonedas.
Sin embargo, al consultar las formas más comunes en las que logran hacerlo, se encuentra que, en la mayoría de los casos, estos hechos o forma de lavar dinero ocurren en los siguientes escenarios: i) por cajeros electrónicos ii)herramientas fraudulentas iii) operaciones sin licencias y dinero ya proveniente de una fuente ilícita.
“ La mayoría de las denominadas criptomonedas no son obligaciones reconocidas legalmente por una persona jurídica o institución que las respalde y que responda por cualquier fraude o falla en sus esquemas, sus protocolos de emisión y seguridad son bastante opacos, sus precios son altamente volátiles, la protección al consumidor y al inversionista en estos esquemas es cuestionable y tienen limitada aceptación. Estos activos carecen, entonces, de los atributos esenciales del dinero y no son, por lo tanto, susceptibles de ser considerados como tal”.
Fuentes: