Analista de riesgos revisa alertas de lavado de activos en apuestas en una plataforma digital.

Lavado de activos en apuestas: 5 alertas clave en Perú

El lavado en apuestas deportivas y casinos dejó de ser un riesgo teórico para el compliance peruano: en abril de 2026, la Policía Nacional y el Ministerio Público desarticularon «Las Cuentas del Miedo», una organización que extorsionó a nueve empresas de transporte en Lima por más de S/ 9 millones y utilizó casas de apuestas y casinos para blanquear ese dinero [1]. El caso confirma lo que el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) advierte desde hace años: la digitalización de los servicios financieros amplía las oportunidades de las organizaciones criminales para aprovechar canales con alta velocidad transaccional, amplia cobertura geográfica y baja interacción presencial [2].

Para los Oficiales de Cumplimiento del sector de apuestas, casinos y entidades financieras vinculadas, este caso no es una anécdota policial: es una muestra concreta de cómo se ejecuta el lavado en apuestas cuando los controles de debida diligencia y monitoreo transaccional resultan insuficientes.

Infografía con las principales señales de alerta del lavado de activos en apuestas.

El caso "Cuentas del Miedo": lavado en apuestas en la práctica

Según la información divulgada por la Policía Nacional del Perú (PNP) y el Ministerio Público, «Las Cuentas del Miedo» operó desde septiembre de 2023 mediante una estructura de cuatro clanes familiares con base en Villa María del Triunfo y San Juan de Miraflores, con coordinadores que habrían operado incluso desde España y Brasil [1]. La organización extorsionó a nueve empresas de transporte público —entre ellas Etupsa 73, Rápido VIP S.A. y El Rápido S.A.— mediante el cobro de «cupos»: pagos iniciales de hasta S/ 20.000 por «inscripción» y cuotas quincenales cercanas a los S/ 8.500 [1].

El dato que convierte este caso en una lección directa de compliance es el método de legitimación de esos recursos. De acuerdo con reportes periodísticos que citan la investigación fiscal, la organización fraccionó el dinero de las extorsiones en depósitos de entre S/ 1.500 y S/ 2.000 en casas de apuestas y casinos —una técnica conocida como «pitufeo» o smurfing— para luego retirarlo parcialmente después de realizar apuestas, con lo que simulaba ganancias legítimas de juego [3]. Dieciocho personas fueron detenidas en el operativo simultáneo realizado en ocho distritos de Lima y dos penales [1].

Es importante precisar que la investigación no atribuye responsabilidad penal a las plataformas de apuestas utilizadas: el caso evidencia un riesgo reconocido internacionalmente, que es la posibilidad de que empresas legítimas sean utilizadas por terceros para ocultar o transformar recursos de origen ilícito, sin que ello implique participación de dichas empresas en el delito.

¿Por qué las apuestas deportivas y los casinos son vulnerables al lavado de activos?

El GAFI identificó en 2009, en su informe Vulnerabilities of Casinos and Gaming Sector, que los casinos y operadores de juegos de azar constituyen sectores particularmente vulnerables frente al lavado de activos debido a características inherentes a su actividad: el elevado volumen de transacciones, la rapidez de los movimientos financieros y la posibilidad de operar mediante múltiples canales de pago [4]. Aunque ese informe se centró en el segmento presencial, sus conclusiones sobre la naturaleza cash-intensiva y de alta rotación del sector siguen vigentes como punto de partida para entender el riesgo, incluido su despliegue digital.

Las plataformas de apuestas deportivas en línea añaden factores de riesgo propios de su naturaleza digital: apertura de cuentas con fricción mínima, uso de múltiples instrumentos de pago, participación de usuarios en distintas jurisdicciones y posibilidad de ejecutar numerosos movimientos por montos reducidos. Estas condiciones exigen mecanismos analíticos capaces de identificar comportamientos inconsistentes con el perfil de riesgo del cliente, alineados con los lineamientos de gestión del riesgo de la norma ISO 31000:2018 [5].

En el caso «Cuentas del Miedo», el objetivo no era obtener ganancias mediante las apuestas, sino justificar el origen de fondos ilícitos: cada retiro parcial después de una apuesta simulaba una ganancia legítima de juego, y las eventuales pérdidas económicas del proceso resultaban un costo aceptable dentro de la estrategia de legitimación [3].

Marco regulatorio peruano frente al lavado de activos

El Perú cuenta con un Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PLAFT), cuyo principal organismo es la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), adscrita a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Este marco es el que resulta aplicable para prevenir el lavado en apuestas y en el resto de sectores considerados Sujetos Obligados.

La Ley N.° 27693, promulgada el 12 de abril de 2002, creó la UIF-Perú y estableció los fundamentos institucionales del sistema de prevención y detección del lavado de activos en el país, con obligaciones específicas para los sectores económicos considerados Sujetos Obligados [6]. Sobre esa base, la Resolución SBS N.° 789-2018 aprobó la norma para la prevención del LA/FT aplicable a los Sujetos Obligados no financieros supervisados por la UIF-Perú, que exige procedimientos de conocimiento del cliente, monitoreo transaccional, gestión basada en riesgos, conservación documental, capacitación y reporte de operaciones sospechosas [7]. Esta norma fue posteriormente modificada por la Resolución SBS N.° 02351-2023, vigente desde julio de 2023, que fortaleció varios de estos requisitos [7].

El crecimiento del mercado de apuestas deportivas en línea en el Perú, con la incorporación de nuevos operadores y un mayor volumen de operaciones digitales, exige una supervisión basada en riesgos que considere la evolución de las amenazas y el impacto de las nuevas tecnologías en la actividad económica [2].

Señales de alerta del lavado en apuestas

El caso «Cuentas del Miedo» ilustra varias señales de alerta que las áreas de cumplimiento de plataformas de apuestas y casinos deberían monitorear:

  • Depósitos fraccionados y recurrentes de montos similares, como el patrón de S/ 1.500 a S/ 2.000 documentado en el caso, que puede indicar estructuración o «pitufeo» para evitar los umbrales de reporte [3].
  • Retiros inmediatos después de depósitos, con escasa o nula actividad real de apuesta, un patrón que puede asociarse con intentos de aparentar el origen legítimo de determinados fondos [8].
  • Incrementos repentinos y significativos en el volumen transaccional de clientes cuyo comportamiento histórico no justificaba ese nivel de actividad [4].
  • Depósitos efectuados por múltiples personas hacia una misma cuenta de usuario, que puede señalar el uso de terceros o intermediarios para movilizar recursos [8].
  • Uso de múltiples medios de pago y operaciones inconsistentes con la capacidad económica declarada del cliente, que dificultan la trazabilidad de los recursos [4].

La detección oportuna de estas señales permite actuar antes de que el dinero de origen ilícito logre integrarse a la economía formal.

El enfoque basado en riesgos como herramienta preventiva

La Recomendación 1 del GAFI, actualizada en 2023, establece que los Sujetos Obligados deben aplicar un Enfoque Basado en Riesgos (EBR) para identificar, evaluar y mitigar los riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, como uno de los pilares de los programas modernos de cumplimiento [2]. Aplicar el EBR de forma sistemática es, en la práctica, la herramienta más efectiva para prevenir el lavado en apuestas antes de que el riesgo se materialice. Esto exige asignar recursos y controles de forma proporcional al riesgo identificado: los clientes, productos y canales con exposición más elevada requieren medidas de control más rigurosas, en línea con los criterios de la norma ISO 31000:2018 [5].

En plataformas de apuestas deportivas, factores como la participación de Personas Políticamente Expuestas (PEP), las operaciones internacionales, los depósitos de terceros o el uso de múltiples cuentas bancarias pueden requerir controles reforzados. La segmentación adecuada de clientes mejora la efectividad del monitoreo y la capacidad de detección de riesgos, en coherencia con la norma ISO 37301:2021 sobre sistemas de gestión de compliance [9]. La implementación de herramientas de monitoreo automatizado y modelos de comportamiento permite detectar patrones —como los observados en «Cuentas del Miedo»— que difícilmente se identificarían mediante revisiones manuales.

Debida diligencia reforzada: el control esencial en apuestas y casinos

Las Recomendaciones 10 y 12 del GAFI establecen la obligación de aplicar medidas de debida diligencia proporcionales al nivel de riesgo identificado, con especial relevancia en sectores de alta exposición como los juegos y apuestas [2]. La verificación del origen de fondos, la validación de la actividad económica, la consulta de listas restrictivas y sancionatorias, y la actualización periódica de la información del cliente constituyen controles fundamentales para prevenir el lavado en apuestas conforme a la norma ISO 37301:2021 [9].

En este punto, contar con tecnología especializada marca la diferencia entre detectar una operación sospechosa a tiempo o después de que el daño reputacional y regulatorio ya esté hecho. Inspektor®, la plataforma de consulta de listas restrictivas y PEP de Risk Consulting Global Group, permite a plataformas de apuestas y entidades financieras verificar contrapartes de forma ágil y documentada. Complementariamente, Sofrisk® apoya la gestión integral del riesgo LA/FT mediante su módulo de segmentación, que facilita clasificar clientes según su nivel de exposición y ajustar los controles de monitoreo en consecuencia.

Enseñanzas del caso para el sector privado

El caso «Cuentas del Miedo» es, hasta ahora, la evidencia más clara del lavado en apuestas documentada en el Perú, y muestra la capacidad de adaptación de las organizaciones criminales frente a los controles existentes. Aunque corresponde a las autoridades competentes determinar las responsabilidades individuales derivadas de los hechos investigados, el caso deja lecciones concretas para plataformas de apuestas, casinos y entidades financieras vinculadas: fortalecer el monitoreo transaccional en tiempo real, aplicar debida diligencia reforzada a operaciones con patrones de fraccionamiento, y mantener programas de capacitación continua para el personal de cumplimiento.

Conclusiones

El lavado en apuestas deportivas y casinos ya no es un escenario hipotético para el compliance peruano: el caso «Cuentas del Miedo» demuestra cómo una organización criminal puede aprovechar plataformas legítimas para blanquear recursos de origen ilícito mediante técnicas de fraccionamiento y simulación de ganancias. Frente a este panorama, fortalecer la debida diligencia, el monitoreo transaccional y el enfoque basado en riesgos constituye una necesidad estratégica —no solo regulatoria— para reducir la exposición del sector a organizaciones criminales.

¿Su organización cuenta con controles suficientes para prevenir el lavado en apuestas y otras operaciones de alto riesgo? Solicite una asesoría especializada con nuestro equipo técnico y conozca cómo Inspektor® y Sofrisk® fortalecen su sistema de prevención LA/FT.

Referencias Bibliográficas

Congreso de la República del Perú. (2002, 12 de abril). Ley N.° 27693. Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú). Diario Oficial El Peruano.

GAFI-Financial Action Task Force. (2012). Vulnerabilities of casinos and gaming sector. FATF.

GAFI-Financial Action Task Force. (2023). International standards on combating money laundering and the financing of terrorism and proliferation: FATF recommendations. FATF.

ISO-International Organization for Standardization. (2018). ISO 31000:2018 Risk management: Guidelines. ISO.

ISO-International Organization for Standardization. (2021). ISO 37301:2021 Compliance management systems: Requirements with guidance for use. ISO.

Ministerio Público del Perú. (2026). Fiscalía desarticula organización criminal que recaudó más de S/ 9 millones mediante extorsiones a transportistas en Lima.

UNODC-Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. (2024). Global report on financial crime trends.

SBS-Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (2018). Normativa sobre prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo aplicable a sujetos obligados.

UIF-Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. (2023). Guía para la implementación del sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

Autor/a: Johan Paredes Marín

Analista de Riesgos
Estudiante de Derecho de la Universidad Militar Nueva Granada, en proceso de grado, y se desempeña como Analista Junior de Riesgo y Cumplimiento. Cuenta con experiencia en la elaboración de informes de debida diligencia y en el análisis de riesgos asociados a terceros. En el desarrollo de su labor profesional, realiza actividades de verificación y análisis de información; identificar antecedentes y señales de alerta, y evalúar riesgos legales, reputacionales y de cumplimiento. Asimismo, elaborar informes de debida diligencia y recomendaciones orientadas a apoyar la toma de decisiones, fortalecer los controles internos y contribuir a una adecuada gestión integral de riesgos.

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