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El colmo del juez Walter Hernández piden sentencia anticipada contra 300 estafados

El colmo del juez Walter Hernández: piden sentencia anticipada contra 300 estafados

Registros penales y compliance: entre la prevención y la estigmatización

La reciente captura de Nicolás Maduro por parte de autoridades de los Estados Unidos, reportada por medios internacionales, ha generado un impacto inmediato en los mercados financieros globales y ha reactivado el análisis del riesgo político, país y regulatorio asociado a Venezuela. Este hecho, más allá de su dimensión geopolítica, representa un evento crítico para el sector financiero y asegurador venezolano y un nuevo foco de atención para instituciones latinoamericanas con exposición directa o indirecta, especialmente en materia de sanciones internacionales, prevención de lavado de activos o blanqueo de capitales (AML/SARLAFT) y solvencia.

Reacciones de los mercados financieros internacionales

Tras conocerse la noticia, los bonos soberanos venezolanos y los títulos de PDVSA (empresa petrolera estatal venezolana) registraron incrementos relevantes en los mercados secundarios, impulsados por expectativas de eventuales cambios en la gobernanza económica, procesos de reestructuración de deuda soberana y posible flexibilización futura de sanciones. Este comportamiento refleja un apetito especulativo por activos, más que una mejora estructural inmediata del riesgo crediticio venezolano.

Impacto en mercados energéticos y financieros regionales

El mercado petrolero reaccionó con volatilidad moderada, dado que la producción venezolana actual representa una fracción limitada de la oferta global. No obstante, se observaron movimientos positivos en acciones de empresas energéticas internacionales, así como mayor sensibilidad en mercados emergentes latinoamericanos, especialmente en portafolios con exposición a commodities y deuda soberana.

Estos efectos tienen implicaciones directas para bancos, aseguradoras y fondos de inversión con posiciones en renta fija emergente.

Impactos sobre el sistema financiero venezolano

El sistema financiero venezolano, ya debilitado por sanciones internacionales, restricciones cambiarias, pérdida de corresponsalías y fragilidad institucional, enfrenta ahora un escenario de incertidumbre elevada. Este se caracteriza por el riesgo de salidas de capital, disrupciones operativas y posibles cambios abruptos en la supervisión y control estatal.

Por lo tanto, las entidades financieras locales deberán reforzar sus planes de continuidad de negocio, gestión de liquidez y controles de riesgo operativo, entre otras medidas.

Implicaciones en AML/SARLAFT y sanciones internacionales

Reforzamiento del riesgo PEP y debida diligencia ampliada

La captura de Nicolás Maduro, reconocido por algunos pocos Estados como jefe de Estado y desconocido por otros, y vinculado a actividades narcoterroristas (según los Estados Unidos de América), lo convierten a él y a su círculo cercano en Personas Expuestas Políticamente (PEP) de riesgo extremo.

Para bancos, entidades financieras y aseguradoras en América Latina, esto implica la aplicación obligatoria de debida diligencia ampliada (DDA), revisión exhaustiva de transacciones históricas, monitoreo reforzado de estructuras societarias, fideicomisos y beneficiarios finales

Sanciones, congelamiento de activos y riesgo extraterritorial

Estados Unidos, la Unión Europea y otras jurisdicciones han intensificado el congelamiento de activos, restricciones a transacciones financieras y medidas contra empresas, familiares y aliados del régimen venezolano.

Esto incrementa el riesgo de sanciones secundarias para instituciones que faciliten operaciones con partes sancionadas, así como multas regulatorias, pérdida de corresponsalías y acceso al sistema financiero internacional.

Para el sector financiero regional, el riesgo de sanciones se convierte en un componente crítico del riesgo legal y reputacional.

Impacto en el sector asegurador y reasegurador

Revisión de riesgos asegurables

Las aseguradoras y reaseguradoras enfrentan una revisión profunda de seguros de riesgo político (confiscación, expropiación), seguro de crédito y caución, coberturas de interrupción de negocios y comercio internacional, entre otros.

Es previsible que se presenten ajustes en primas, reducción de capacidad y la inclusión de cláusulas más estrictas de exclusión por sanciones.

Reaseguro, pagos y cumplimiento

Frente a esta situación, lo más probable es que las reaseguradoras internacionales estén atentas y exijan cumplimiento estricto de sanciones frente al pago de siniestros, transferencias internacionales y manejo de reservas técnicas.

Cualquier incumplimiento puede derivar en la denegación de cobertura, lo que afectaría la estabilidad financiera de las aseguradoras locales.

ORSA y la evaluación integral del riesgo

En este contexto, cobra especial relevancia el ORSA (Own Risk and Solvency Assessment – Autoevaluación de Riesgos y Solvencia) como herramienta estratégica.

Una ORSA robusta debe incorporar explícitamente riesgo país y geopolítico, riesgo de sanciones y AML/SARLAFT, riesgo de liquidez por congelamiento de activos, riesgo reputacional y legal, así como el impacto en solvencia bajo escenarios adversos.

Los escenarios de estrés deben contemplar, al menos, el endurecimiento de sanciones, el bloqueo de pagos de reaseguros, el incremento de siniestros por riesgo político y el deterioro de inversiones en deuda emergente

Implicaciones para América Latina

Para el sistema financiero y asegurador latinoamericano, este evento refuerza tres tendencias clave:
i) Mayor sensibilidad al riesgo político en las decisiones de inversión.
ii) Consolidación del compliance y AML/SARLAFT como funciones estratégicas, no solo regulatorias.
iii) Mayor exigencia de los supervisores en cuanto a la revelación de exposición, monitoreo transfronterizo, gobierno corporativo y gestión integral de riesgos.

Conclusiones

La captura de Nicolás Maduro constituye un evento de alto impacto para el sector financiero y asegurador venezolano y latinoamericano. Si bien abre expectativas de cambios estructurales a mediano plazo, también incrementa significativamente los riesgos de corto plazo, especialmente en materia de sanciones, AML/SARLAFT, solvencia y continuidad operativa.

Para bancos, demás instituciones financieras, aseguradoras y reguladores, el desafío será gestionar este entorno con un enfoque prudente y basado en riesgos, fortaleciendo el ORSA, los sistemas de cumplimiento y la gobernanza, en un contexto regional cada vez más expuesto a eventos geopolíticos y regulatorios.

Para el sector asegurador colombiano, el endurecimiento del entorno geopolítico y sancionatorio asociado a Venezuela refuerza la necesidad de gestionar el riesgo país y el riesgo de sanciones como elementos estructurales del negocio, y no como eventos coyunturales.

Aunque la exposición directa del mercado asegurador colombiano al riesgo venezolano es limitada, los vínculos indirectos a través de inversiones, reaseguro, comercio exterior y flujos transfronterizos exigen un enfoque preventivo y altamente técnico.

Desde la perspectiva AML/SARLAFT, las aseguradoras latinoamericanas deben profundizar la debida diligencia ampliada sobre PEP, fortalecer el monitoreo de operaciones atípicas y asegurar la actualización permanente de listas de sanciones internacionales, en línea con los requerimientos de los supervisores. En el caso de Colombia, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), en consonancia con los estándares de las 40 Recomendaciones del GAFI, establece que la gestión del riesgo de sanciones se consolida como un componente crítico del riesgo legal, reputacional y operativo.

En materia de solvencia y gestión integral de riesgos, el evento subraya la importancia de incorporar escenarios geopolíticos y de sanciones, con el fin de evaluar su impacto potencial en inversiones, liquidez, reaseguro y continuidad del negocio. Una ORSA robusta permite anticipar efectos adversos, fortalecer la toma de decisiones de la alta dirección y demostrar una adecuada alineación entre apetito de riesgo, capital y estrategia.

Finalmente, para el sector asegurador latinoamericano, este contexto reafirma que la solidez financiera y la sostenibilidad del negocio dependen cada vez más de la calidad del gobierno corporativo, la madurez de los sistemas de cumplimiento y la capacidad de anticipación del riesgo, elementos que seguirán siendo foco de atención prioritaria por parte del supervisor y del mercado.

Fuentes y referencias

  • Reuters – Reacciones de mercados financieros y congelamiento de activos

  • Financial Times – Impacto energético y expectativas de inversión

  • Associated Press – Volatilidad de mercados globales

  • U.S. Treasury / OFAC – Sanciones y designaciones a funcionarios venezolanos

  • GAFI/FATF – Enfoque basado en riesgos y AML/CFT

  • Marcos regulatorios de Solvencia II y adopciones ORSA en América Latina

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Magistrado pide acelerar la sentencia final de represalia contra los estafados de la Caja de Pensiones Militar Policial, a quienes quieren cobrar S/ 1.3 millones por buscar justicia.

El mundo al revés. Unos ciudadanos habían comprado de buena fe alrededor de 300 departamentos de vivienda a la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) de los años 90 del siglo pasado, pero esta entidad tuvo que cerrar temporalmente por la corrupción montesinista a finales del gobierno de Alberto Fujimori y sus directivos fugaron, tanto que uno de ellos aún está en Brasil con el cuento de ser ‘perseguido político’.

A consecuencia de ese ínterin de La Caja y de su operador financiero el Banco de Comercio se interrumpieron los pagos de los inmuebles, pero muchos –aparte de la cuota inicial que era de unos 4,000 dólares– habían sufragado montos muchos mayores, y otros, por el citado cierre, no supieron dónde pagar.

En tales circunstancias, y pasados los años, cuando se busca regularizar los pagos, y más aún inscribir los inmuebles en Registros Públicos, resulta que los ejecutivos de La Caja encabezados por los ejecutivos José Manuel Boggiano Romano, Hernán Rodríguez García y el gerente de la Administradora de Comercio SA, propiedad de la misma Caja, suscribieron, el 31 de diciembre de 2008, la “minuta de compraventa de diversos bienes inmuebles”.

Se trataba de una maniobra de transferencia de los inmuebles al manejo de la Administradora de Comercio, esto ante la notaría de Jaime Murguía Cavero.
La conducta tramposa era evidente, según el abogado de la Junta Nacional de Afectados y Estafados por La Caja, Carlos Cumpa Seminario.

“Durante años habían impedido a los compradores de inmuebles reconocer los documentos de compraventa o minutas, con el argumento de que no habían pagado la deuda, y menos permitir que sean inscritos en Registros Públicos”, señala, y agrega que “ahora todo lo entregaban a su operadora creada para tal fin”.

Judicialización

Es cuando recién los afectados se ven en la necesidad de judicializar sus casos, recuerda el letrado. A todo esto, según la Novena Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Lima, en su resolución del 14 de julio de 2023, constata que los ejecutivos de La Caja, en muchos casos tenían pleno conocimiento que varios departamentos, incluido sus estacionamientos, habían sido otorgados mediante operaciones de compraventa e incluso hipoteca de los mismos.

Por eso es que cuando el tema llega a los tribunales, el Ministerio Público calificó estos delitos como de estelionato, falsedad ideológica y fraude procesal. Pero la denuncia penal desde el Ministerio Público recién se formalizó el 9 de enero de 2017.

El pronunciamiento del Poder Judicial fue por el lado de que hubo, por parte de los funcionarios de la Caja y de su operadora, el delito de defraudación. Esto mediante resolución N.° 83 del 31 de diciembre de 2019.

Hasta que –por esa velocidad de tortuga del sistema de justicia– por fin apareció el verdadero rostro del Poder Judicial y de los mafiosos de La Caja, según Cumpa Seminario.

Y es que “mediante resolución del 29 de noviembre de 2021, el Juez Penal resolvió declarar extinguida la acción penal” en la parte sustantiva de la denuncia.

La citada Novena Sala Penal, a donde llegó el caso en apelación, lo único que hizo fue confirmar las anteriores resoluciones que iban en la misma dirección. Ya estamos en el año 2023, todo esto por obra de los magistrados Baca Cabrera, Izaga Pellegrin y Sandoval Sandoval.

Juzgamiento anticipado

De esa forma es que tratan de salir libres de polvo y paja Boggiano Romano, Rodríguez García y Bullón Salazar y otros.

Pero la batalla continúa, no solo porque en todo esto hay delito continuado, señalan los despojados, sino contra las maniobras de juez del 2do Juzgado Transitorio de Lima, Walter Hernández Martínez, quien en el punto 3 de su último escrito exige el juzgamiento anticipado del proceso ante las represalias y contrademanda de la Administradora de Comercio.

“Atendiendo que no existen medios probatorios que requieran actuación posterior siendo todas las admitidas pruebas documentales y, de conformidad con lo establecido en el artículo No. 468 del Código Procesal Civil: Prócedase con el juzgamiento anticipado del proceso, sin perjuicio de ello, se hace de conocimiento de las partes que tienen el derecho de formular sus alegatos, escritos y orales”.

“¿Cuál es el interés que hay tras las sentencias anticipadas en este caso, con el añadido de que quieren cobrar un millón 300 mil dólares por indemnización, nada menos a quienes estafaron hace más de 15 años a través de la Administradora de Comercio?”, se interroga Cumpa Seminario.

“Porque quieren remachar la prescripción por el paso de los años, lo que ellos llaman la ‘extinción de la acción penal”, afirma Cumpa.

Y califica todo esto “como una gran estafa que debería ser materia de investigación de Control Interno de la Judicatura y de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), cuando no del fuero político del Congreso de la República, a través de la Comisión de Defensa o de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República”.

Los congresistas Roberto Chiabra (APP), Patricia Chirinos (Avanza País) y la propia bancada de Renovación Popular podrían tomar cartas en el asunto.

¿Tiene la misma velocidad con otros casos?

Es más que interesante que el juez del 2do. Juzgado Civil transitorio de esta capital, Wálter Hernández Martínez, haya escrito es su resolución N° 08, punto tercero, que atendiendo a que “no existen medios probatorios que requieran actuación posterior, en tanto han sido admitidas todas las pruebas documentales y, de conformidad con lo establecido en el artículo No. 468 del Código Procesal Civil: procédase con el juzgamiento anticipado del proceso (…)”. ¿Tiene la misma conducta y velocidad con otros expedientes que se arruman en su despacho?

Fuente y Creditos 

Diario Expreso

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Una respuesta

  1. si todos los jueces resolvieran tan rápidamente como este Magistrado ( aplicando sentencia anticipada en cada caso donde la gente reclama justicia ) estaríamos en el pais de las maravillas.

    algún día habrá verdadera justicia.

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