Napoleón Rufo Carlos Huamán, ex tesorero del Gobierno Regional de Huánuco en la gestión 2011 – 2014 de Luis Picón Quedo, fue sentenciado a 10 años de prisión efectiva e inhabilitación para ejercer cargo público por el mismo periodo, como autor de la comisión del delito de peculado doloso agravado en contra del Estado, dictaminado por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del distrito de Pillco Marca.
La sentencia de fecha 10 de abril de 2024, es por su responsabilidad como director tesorero del Gorehco (desde el 30 de mayo de 2012), en la obra: “Construcción del sistema de agua potable y alcantarillado de los asentamientos humanos aledaños a la ciudad de Tingo María”, entre enero y febrero del año 2014, por el pago ilícito de 4’471,184.77 soles, como adelanto directo y adelanto de materiales, a favor del Consorcio San Cristóbal, representado por Mishel Miranda Gambini (coinculpado), que presentó las cartas fianzas falsas N° E1506-00-2013 y la carta fianza C, causando perjuicio al empleador.
Miranda Gambini también fue condenado a 12 años de pena privativa de la libertad por peculado doloso agravado y uso de documento privado falso. Además, ambos deben pagar una reparación civil solidaria de S/4 571 184.77
Se imputa a Carlos Huamán (también ex alcalde de Lauricocha 2015 – 2018), que, como tesorero del Gorehco realizó pagos ilícitos al Consorcio San Cristóbal, pese a que tenía la obligación de defender y cautelar los intereses del Estado, en este caso del Gobierno Regional de Huánuco, por cuanto, si bien el gerente regional de la Administración autorizaba el pago de adelantos a favor del referido consorcio, el acusado como tesorero tenía que planear, organizar, dirigir y controlar la instalación de los recursos financieros de acuerdo al procedimiento del pago del tesoro público.
Sin embargo, dice el fallo judicial: “se apropió indebidamente para otro, en este caso el monto de 4’471,184.77 soles a favor del Consorcio San Cristobal, que presentó las cartas fianzas N° E1506-00-2013 y N° E1520-00-2013, las cuales tenían información remitida por la Superintendencia de Banca y Seguros expedidas a nombre de otras empresas, siendo así, eran falsas; no obstante, no realizó observación y por lo contrario, con dichas cartas fianzas falsas pagó los adelantos directos por 1’490,394.89 soles y el adelanto de materiales por 2’980,789.78 soles, disponiendo así de forma ilícita el dinero del Estado”.
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En la información remitida por la Superintendencia de Banca y Seguros, a través del informe N°118-2014-DSSB del 6 de octubre del 2014, establece que los certificados de garantía presentados por el Consorcio San Cristóbal no correspondían a la emisión de cartas fianzas expedidas por Secres, compañía de seguros y garantías de dicho consorcio; toda vez que la carta fianza N° E1506-00-2013 fue expedida a nombre de Contratista Generales Crembiln SCRL y la carta fianza E1520-00-2013 a favor del Consorcio Contratistas, por lo cual las cartas fianzas presentadas por el Consorcio San Cristóbal, para obtener los adelantos, son falsos, por lo que no debería haberse entregado dichos adelantos.
La ejecución de la sentencia fue suspendida provisionalmente mientras se resuelva un eventual recurso de impugnación, ordenando las siguientes restricciones: concurrir cada 30 días a justificar su asistencia e imprimir su huella digital en el biométrico de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, o efectuar su control biométrico virtual; no ausentarse de la localidad donde reside bajo ningún motivo, y prohibición de acercarse o comunicarse -por cualquier medio- con los testigos ofrecidos en el caso.
Fuente y Creditos