Tras años de debate, la Asamblea General de la ONU ha comenzado a negociar un Tratado sobre la Ciberdelincuencia que tiene el potencial de remodelar la actividad policial a escala mundial, con graves implicaciones para los derechos humanos[1]. Se espera que el tratado se concentre en la delincuencia y la aplicación de la ley, y no se disperse con temas como derechos humanos y el uso de internet.
La discusión entre los Estados está alrededor de decidir si se deben considerar solo los llamados ciberdelitos «puros», como la intrusión en la red o la interferencia en el funcionamiento de un sistema informático. O un abanico más amplio de delitos «cibernéticos», como el fraude o el tráfico de drogas, que no tienen como objetivo inherente las tecnologías de la información y la comunicación, pero en los que las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) están presentes o tienen un papel importante. Lean nuestro artículo DELITOS CIBERNÉTICOS NUEVO TRATADO INTERNACIONAL
Las estafas son unos de los delitos que hoy día se realizan utilizando las TIC, generan ganancias, susceptibles de blanqueo de capitales. En Panamá, los únicos delitos informáticos que están tipificados en el Código Penal (289 al 292 del Código Penal) son aquellos que usan los medios electrónicos como un fin.
Ahora bien, secuestro informático o «ramsomware», suplantación de identidad o «phishing», engaño a menores o «grooming» y hostigamiento o «stalking», son algunos de los delitos más comunes que se cometen a través de los medios informáticos y que en Panamá no están tipificados o regulados dentro del Código Penal.
Cuando se pone una denuncia, hay casos que la conducta no está tipificada como delito en el código. Por ejemplo, una persona que le usan su información personal sin su consentimiento en redes sociales. Hay usar la figura de la calumnia e injuria para perseguir ese tipo de delitos, se materializa el riesgo reputacional.
Panamá puede preparase para este nuevo tratado y platear la discusión de que será un delito informático. Especialmente considera la estadística de las conductas que se denuncian porque son las que más afectan a las personas. Ya hay un proyecto de Ley, que entre otras cosas estipula que se agravará la pena cuando los hechos sean cometidos con fines lucrativos.
Las empresas deberían contemplar en su gestión del riesgo integral la posibilidad de ser víctimas de estos delitos o, de ser utilizados por grupos criminales que obtienen ganancias ilícitas por estafas, secuestro de datos u otras conductas indebidas y en algunos casos ilegales.
Pero cuando leemos las leyes, pareciera que esta realidad no se ha considerado. Las empresas y los ciudadanos, pueden ir conociendo estos proyectos del nuevo tratado, de los cambios al código penal, y preparase en los sistemas de control interno, en la matriz de riesgo de lavado de activos para la segmentación de clientes. Y de esta manera. emitir sus comentarios para que su contenido sea lo más ajustado a la realidad.
Fuentes:
PANAMÁ AMÉRICA. Ciberdelitos no son bien perseguidos en Panamá. Recuperado 19 04 2022 https://www.panamaamerica.com.pa/judicial/ciberdelitos-no-son-bien-perseguidos-en-panama-1202128
TVN Noticias. Ciberdelitos. Recuperado 18 05 2022 https://www.tvn-2.com/tag/ciberdelitos/