Se revocan las condenas de los expresidentes Chaves y Griñán por el caso ERE

El Tribunal Constitucional ha anulado las condenas de los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán por el caso ERE, tras considerar que se vulneraron sus derechos a la legalidad penal y a la presunción de inocencia. El Pleno del tribunal, con una mayoría de siete votos a favor y cuatro en contra, ha ordenado a la Audiencia Provincial de Sevilla emitir nuevos fallos. Los magistrados del bloque conservador han emitido votos particulares en desacuerdo con la decisión, mientras que el Pleno rechazó recusaciones promovidas por el PP contra dos magistradas involucradas en el caso.
Se revocan las condenas de los expresidentes Chaves y Griñán por el caso ERE

El Tribunal Constitucional ha decidido anular las condenas impuestas a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán relacionadas con el caso ERE. El Pleno del tribunal, con una mayoría de siete votos a favor y cuatro en contra, ha aceptado parcialmente los recursos de los dos exdirigentes socialistas, ordenando a la Audiencia Provincial de Sevilla emitir un nuevo fallo.

El fallo del Constitucional se basa en que la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Supremo violaron el derecho de Chaves a la legalidad penal al condenarlo por un delito de prevaricación, cuando en realidad apoyó una ley de presupuestos que era legal y no fue impugnada. La sentencia también declara que Griñán vio vulnerados sus derechos a la legalidad penal y a la presunción de inocencia, ordenando así que la Audiencia sevillana emita un nuevo veredicto.

Los magistrados del bloque conservador, Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla, César Tolosa Tribiño y Concepción Espejel Jorquera, han emitido votos particulares en desacuerdo con la resolución. Este martes, el Pleno también rechazó por unanimidad las recusaciones promovidas por el PP contra la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, y la magistrada María Luisa Balaguer.

La sentencia sobre Chaves indica que la creación y aprobación de anteproyectos de ley no puede considerarse prevaricación, ya que los cambios normativos buscan establecer nuevas legislaciones. Por tanto, mientras los proyectos son solo propuestas, no pueden ser juzgados por su legalidad.

Fuente y créditos
Infobae

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