La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha emitido una nueva normativa publicada en el Diario Oficial El Peruano, destinada a fortalecer la prevención del lavado de activos (LA) y el financiamiento del terrorismo (FT) en el sector notarial. Esta regulación impone responsabilidades tanto a los notarios como al Oficial de Cumplimiento (OCP) en su rol de sujetos obligados a reportar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú).
Una de las características más destacadas de la normativa es la definición de las funciones del OCP, que incluye la centralización de información sobre las operaciones notariales a nivel nacional mediante la Base Centralizada de Información (BCI). Esta base de datos permitirá al OCP analizar y detectar indicios de alerta, operaciones inusuales y sospechosas, que deberán ser informadas a la UIF-Perú en nombre de los notarios.
Adicionalmente, el OCP tiene la responsabilidad de elaborar y actualizar una Guía Metodológica para la identificación y evaluación de riesgos relacionados con el LA/FT en el sector notarial. Esta guía servirá de base para que los notarios implementen procedimientos de identificación y evaluación de riesgos.
Por su parte, los notarios están obligados a integrarse a la BCI y a reportar mensualmente al OCP cualquier señal de alerta, operación inusual o relevante. Además, deben enviar informes de riesgos de LA/FT de inmediato y proporcionar al OCP la información obtenida a través de procedimientos de debida diligencia, así como cualquier otra información complementaria que pueda ser requerida.
Los notarios tendrán un plazo máximo de sesenta (60) días, a partir de la entrada en vigencia de la resolución, para cumplir con las nuevas disposiciones.
Fuente y créditos
El Comercio







