Suprema Corte en México permite desbloqueo provisional de cuentas en lista de la UIF

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha decidido, en un fallo de tres votos a favor y dos en contra, que las personas y entidades incluidas en la Lista de Personas Bloqueadas de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) podrán desbloquear sus cuentas bancarias de manera provisional, permitiéndoles operar dentro del sistema financiero mexicano sin demostrar la licitud de sus fondos.

La UIF, mediante un comunicado, expresó su preocupación, señalando que esta decisión desestima el carácter preventivo y de identificación que la UIF desempeña en el combate contra el lavado de dinero y delitos organizados. Según el organismo, la resolución judicial «omiten la importancia de la función preventiva de la UIF», permitiendo la exclusión provisional de individuos o entidades sospechosas de actividades ilícitas.

Pablo Gómez Álvarez, titular de la UIF, hizo un llamado en octubre pasado para que la SCJN rechazara la jurisprudencia «Medina Mora», impulsada en su momento por el exministro Eduardo Medina Mora, al considerarla protectora de intereses de quienes realizan operaciones de lavado de dinero. Sin embargo, en esta reciente resolución, los ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar y Javier Láynez votaron a favor de la exclusión temporal de la lista de bloqueados.

La UIF alerta que esta medida podría abrir un «camino peligroso» al permitir que recursos de origen ilícito sean movilizados no solo dentro del país, sino hacia el extranjero o incluso hacia paraísos fiscales. La institución advierte que esta resolución dificulta el cumplimiento de los estándares internacionales en prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo que México debe observar, y considera que se está generando una vía extralegal que podría beneficiar a quienes buscan evadir la supervisión financiera.

Fuente y créditos
Antilavado de Dinero

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