Gestión Tributaria Responsable: Prevención de Riesgos Legales

La omisión de agente retenedor o recaudador, regulada por el artículo 402 del Código Penal Colombiano, constituye una conducta grave contra el patrimonio público. Este delito sanciona la inacción o retención indebida de recursos que, por su naturaleza, pertenecen al erario y cuya correcta gestión es indispensable para el cumplimiento de las funciones estatales.